Módulo de Proyecto
Aunque estoy casi segura de que o bien ya estamos en la playita o estamos pensando en ella, no quiero dejar pasar una cuestión que es de nuestro interés.
Como ya sabéis, todos los ciclos formativos de Grado Superior surgidos a partir de la LOE y en virtud del RD 1538/2006, incluyen un módulo que se desarrolla a la par que la FCT denominado genéricamente «Módulo de Proyecto». Este proyecto puede adoptar cualquiera de estas modalidades:
– Innovación aplicada.
– Creación de empresas.
– Revisión bibliográfica.
Evidentemente, los alumnos que eligen la opción de creación de empresas si han trabajado el módulo de EIE ya han elaborado un proyecto de creación de empresas, y así, en la primera redacción que se dió por parte de la Consejería en la Instrucción 9/2010 se preveía la exención de este módulo cuando se hubiera participado en proyectos de innovación o creación de empresas. Dicha exención planteaba no pocas dudas, ya que los alumnos que han cursado el módulo de EIE deben haber realizado (Read more…)un proyecto de empresa.
Por ello, la Consejería para evitar dudas, ha redactado una nueva Instrucción 3/2011 en la que se elimina el artículo 9 de la anterior y con ello la posibilidad de dicha exención.
Otra cuestión es si los profes de FOL podemos tutorizar dicho módulo de proyecto: en principio la legislación extremeña lo permite, de hecho yo he tutorizado cuatro proyectos de creación de empresas este año, pero parece ser que en la redacción del nuevo decreto de ordenación de la FP que está preparando el Ministerio, la posibilidad de que los profesores de FOL tutoricemos dicho módulo ha provocado carcajadas por parte del representante de la Administración y de algunos sindicatos al grito de: ¡y esos de FOL qué saben!
En fin, el ninguneo al que ya nos tienen acostumbrados.
Aunque bien pensado, no es ningún regalo, ya que esta tutorización se lleva a cabo durante el tercer trimestre cuando algunos de nuestros alumnos se van a la FCT, nos dan una hora para tutorizar hasta cinco proyectos (os aseguro que uno solo ya ocupa más de una hora a la semana) y en la normativa no se prevé que algunos alumnos lo cursan en convocatoria extraordinaria, con lo cual se desarrolla sin atribución horaria durante el segundo trimestre… vamos que el único pero que le pondría a la regulación del Ministerio sería el ninguneo, pero por lo demás, creo que podremos pasarnos sin este bonito módulo.
Ya veremos en qué para todo esto.
Pasad un feliz verano.